La edad no puede motivar el despido. Vulnera el derecho a la igualdad
La Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid1, dictada el pasado 20 de octubre, resuelve el recurso de suplicación interpuesto por la empresa confirmando la dictada por el Juzgado de lo Social, que declaró nulo el despido objetivo efectuado a un trabajador de edad superior a los 50 años, al considerar vulnerado su derecho a no ser discriminado por razón de edad. Además de a la readmisión, se condena a la empresa al pago de una indemnización por daños morales.
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