No hay excusa que justifique su incumplimiento
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó, el pasado 14 de julio, una clarificadora sentencia sobre las obligaciones empresariales impuestas por la regulación legal en materia de registro de jornada. El Tribunal rechaza de plano los argumentos esgrimidos por el empresario para justificar un incumplimiento que basa en la desobediencia de las personas trabajadoras respecto a dicho registro.
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